Código de ética y conducta – Proveedores

Introducción


Galber es una organización responsable ante los impactos que sus decisiones y actividades ocasionan en la sociedad y el medio ambiente, a través de un comportamiento ético y transparente que contribuya al desarrollo sostenible, la salud y el bienestar de la sociedad. Tomando en consideración las expectativas de sus partes interesadas, así como el cumplimiento de la legislación aplicable y ser coherente con la normativa nacional de comportamiento, integrada en todos los niveles de la organización y llevada a la práctica dentro de su esfera de influencia.

Se ha establecido un marco de referencia y guías de conducta fundamentada y congruente con la Misión, Visión, Valores y Principios de la Organización.

Objetivo


Presentar este documento, tiene como finalidad dar a conocer disposiciones de conducta y comportamientos a los que está sujeta toda persona que mantiene una relación directa o indirecta con Galber.

Galber es una empresa comprometida con la sana convivencia, los valores, las buenas costumbres, las mejores prácticas y la mejora continua.

Relaciones con proveedores


Galber fomentará con sus socios comerciales la búsqueda del desarrollo de las habilidades y capacidades de sus propios empleados o miembros.

Los proveedores deberán defender los derechos humanos de los trabajadores y tratarlos con dignidad y respeto. Ello aplica a todos los trabajadores, inclusive temporarios, estudiantes, contratados, empleados directos y cualquier otro tipo de trabajador.
Los estándares de empleo que nuestros proveedores, deben de cumplir para sus trabajadores son:

Condiciones Sociales y Laborales

Trabajo Forzoso


Alentamos a nuestros proveedores a no apoyar el trabajo forzoso, servidumbre (incluida la servidumbre por deudas), trabajo con contrato a largo plazo no rescindible o trabajo forzado de personas en prisión y que no se involucrarán en trabajo esclavo o tráfico de personas. Nuestros proveedores asegurarán el acceso a la documentación personal (por ejemplo, identificación emitida por el Gobierno, pasaportes o permisos de trabajo) y a los pagos a trabajadores contratados u honorarios y gastos laborales.
Convenio OIT No. 29 sobre trabajo forzoso.
Convenio OIT No. 105 sobre la abolición del trabajo forzoso

Trabajo infantil


Alentamos a nuestros proveedores a eliminar el trabajo infantil de nuestra cadena de suministro, de acuerdo a lo definido por la legislación aplicable. Esperamos que nuestros proveedores respalden nuestros esfuerzos, los cuales apuntan a no utilizar éstas prácticas donde quiera que existan en la cadena de valor.
Convenio OIT No. 138 sobre la edad mínima para la admisión al trabajo.
Convenio OIT No. 182 peores formas de trabajo infantil.
Recomendación 146 OIT sobre la edad mínima

Horas de Trabajo


Alentamos a nuestros proveedores a cumplir con toda la legislación nacional aplicable, referida a horas de trabajo y horas extras, garantizarán también un día libre por cada seis días trabajados.
Convenio OIT No. 14 y No. 106 sobre el descanso semanal

Salarios y Beneficios


Alentamos a nuestros proveedores a cumplir con todas las leyes locales y nacionales, aplicables en materia de salarios y beneficios. Deben ofrecer sueldos equivalentes, o que los sueldos sean, al menos, comparables con las empresas similares.
Convenio OIT No. 100 igualdad de remuneración. Convenio OIT No. 131 fijación de salarios mínimos.

Abuso Laboral


Alentamos a nuestros proveedores a cumplir con todas las leyes locales y nacionales, aplicables sobre abuso de empleados y que no permitirán el tratamiento hostil o inhumano, incluido cualquier tipo de acoso sexual, abuso sexual, castigo corporal, coerción física o mental o abuso verbal hacia los trabajadores.
Convención OIT contra la tortura.

Discriminación


Alentamos a nuestros proveedores a no practicar ningún tipo de discriminación basada en raza, color, edad, género, orientación sexual, origen étnico, capacidades diferentes, embarazo, religión, militancia, política, afiliación sindical, estado civil, en la contratación y en las prácticas relacionadas con el empleo.
Declaración de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial.
Convenio Relativo a la discriminación en materia de empleo y ocupación No. 111

Galber Alienta a sus proveedores a:


No discriminar al momento de emplear, compensar, entrenar, promover, en el despido o en la jubilación por razones de género, edad, religión, nacionalidad, estado civil o familiar, lengua, apariencia, características físicas, discapacidad, condición de salud, condición económica, social, preferencia sexual, opinión política, origen racial, étnico, convicciones personales y antigüedad en la empresa.

Promover una política clara y un plan para fomentar la equidad de género que garantice que tanto las mujeres como los hombres tengan la capacidad de acceder a los recursos que ellos necesitan para ser productivos y también la capacidad de intervenir en la política en general y en el entorno reglamentario e institucional que da forma a sus medios de vidas y a sus vidas.

Permitir y posibilitar a las mujeres ocupar cargos de liderazgo en la estructura de gobernanza, independientemente a la condición de las mujeres con relación a la posesión de activos como tierra y propiedades.

Libertad de Asociación


Se alentará a cumplir con todas las leyes aplicables sobre su libertad de asociación y convenio colectivo de trabajo. Se respetarán los derechos de los trabajadores de asociarse libremente, buscar representación y sumarse a organizaciones de trabajadores. Los representantes tendrán el derecho de acceso a los miembros en el lugar de trabajo.>
Convenio No. 87 de la OIT Libertad sindical y protección del derecho de sindicación.
Convenio No. 98 de la OIT Derecho de sindicación y de negociación colectiva la eficacia del Sistema de Gestión de la
Calidad para alcanzar nuestros objetivos.

Leyes Normativas


Se alentará a cumplir con todas las leyes, reglas, normativas y requisitos aplicables para la fabricación, distribución de la cadena de suministros y en la prestación de los servicios a la empresa, así como aquellas normas Internacionales, Federales y Estatales. Así como aquellas que nacen de la iniciativa privada e instituciones civiles y Gubernamentales que abonen a la integridad y el desarrollo del ser humano.

Salud y Seguridad


Los proveedores deben ofrecer a los empleados un entorno de trabajo seguro y saludable, que incluya controles adecuados, procedimientos de seguridad, mantenimiento preventivo y equipos de protección. Las prácticas deben cumplir con todas las leyes, códigos y reglamentos locales y nacionales que sean relevantes. Deben mantener registros de las capacitaciones sobre salud y seguridad, accidentes, lesiones en el lugar de trabajo y evacuaciones de emergencia.
Convenio No. 155 de la OIT Salud y seguridad del medio ambiente.
Convenio No. 164 de la OIT Salud y seguridad de los trabajadores.

Relación con los proveedores y términos de las negociaciones


Buscamos que nuestras relaciones con los proveedores se manejen con transparencia y profesionalismo, de modo que aseguremos igualdad de oportunidades, en estándares de calidad.

Galber promueve entre sus proveedores el cumplimiento de las responsabilidades fiscales y laborales frente a las autoridades, por lo que recomienda que estos desarrollen sus actividades bajo el marco de las leyes vigentes. Galber podrá indagar, cuando sea el caso, reportes presentados por posibles actividades ilegales o no éticas de algún proveedor y de encontrarse evidencias pudiera resultar la terminación de la relación comercial.

Queda prohibido que todo colaboradora envíe o dé regalos a algún miembro de la cadena de valor, en cualquier época del año, que sean sin autorización, tomar productos sin pagar o alterar el inventario para destinar productos para este fin.

Es importante que nuestros colaboradores muestren la objetividad y la transparencia en la gestión de sus labores, de acuerdo al lineamiento: “No aceptar ni solicitar gratificaciones, favores, ni atenciones especiales de proveedores” y no por ello disminuir la calidad de atención y servicio, ni hacer distinciones o dar privilegios a cambio de dádivas.

Rechazamos cualquier tipo de acto de corrupción. Dar o recibir sobornos es ilegal, no es ético, por lo que todas nuestras transacciones deben cumplir con las leyes anti-corrupción emitidas por las autoridades vigentes en el marco de la transparencia.

Es por ello que, por ningún motivo se tomarán represalias cuando un proveedor genere una queja que viole lo descrito anteriormente. No se aplicará ninguna medida disciplinaria ni se discriminará en ninguna forma por proporcionar información acerca del incumplimiento por parte de cualquier colaborador en Responsabilidad Social.

Los proveedores se deben esforzar por llevar a cabo sus actividades comerciales de un modo que atienda a la comunidad, sus colaboradores y al medio ambiente.

El presente Código de Ética y Conducta aplica a todos nuestros proveedores de Galber, sin importar su posición o función.

Finalmente, cualquier irregularidad se debe denunciar a: buzongalber@galber.com

Los proveedores siempre tendrán el respaldo y la seguridad de que su aporte será confidencial y sin consecuencias para el colaborador, cuya denuncia se someterá al análisis y solución del caso.

Agradecemos la participación de todos en la aplicación de este Código de Ética y Conducta en la vida cotidiana, esperando que sea una herramienta para bien de todos nuestros proveedores y así alcancemos cada vez más un peldaño a la excelencia y al desarrollo integral, profesional y empresarial.