Código de ética y conducta – Clientes

Introducción


Galber es una organización responsable ante los impactos que sus decisiones y actividades ocasionan en la sociedad y el medio ambiente, a través de un comportamiento ético y transparente que contribuya al desarrollo sostenible, la salud y el bienestar de la sociedad. Tomando en consideración las expectativas de sus partes interesadas, así como el cumplimiento de la legislación aplicable y ser coherente con la normativa nacional de comportamiento, integrada en todos los niveles de la organización y llevada a la práctica dentro de su esfera de influencia.

Se ha establecido un marco de referencia y guías de conducta fundamentada y congruente con la Misión, Visión, Valores y Principios de la Organización.

Objetivo


Presentar este documento, tiene como finalidad dar a conocer disposiciones de conducta y comportamientos a los que está sujeta toda persona que mantiene una relación directa o indirecta con Galber.

Galber es una empresa comprometida con la sana convivencia, los valores, las buenas costumbres, las mejores prácticas y la mejora continua.

Relaciones con clientes


Los clientes deberán defender los derechos humanos de los trabajadores y tratarlos con dignidad y respeto. Ello aplica a todos los trabajadores, inclusive temporarios, estudiantes, contratados, empleados directos y cualquier otro tipo de trabajador.
Los estándares de empleo que nuestros clientes, deben de cumplir para sus trabajadores son:

CondicionesSociales y Laborales

Trabajo Forzoso


Alentamos a nuestros clientes a no apoyar trabajo forzoso, servidumbre (incluida la servidumbre por deudas), trabajo con contrato a largo plazo no rescindible o trabajo forzado de personas en prisión y que no se involucrarán en trabajo esclavo o tráfico de personas. Nuestros clientes asegurarán el acceso a la documentación personal (por ejemplo, identificación emitida por el Gobierno, pasaportes o permisos de trabajo) y a los pagos a trabajadores contratados u honorarios y gastos laborales.
Convenio OIT No. 29 sobre trabajo forzoso.
Convenio OIT No. 105 sobre la abolición del trabajo forzoso

Trabajo Infantil


Alentamos a nuestros clientes a eliminar el trabajo infantil de nuestra cadena de suministro, de acuerdo a lo definido por la legislación aplicable. Esperamos que nuestros clientes respalden nuestros esfuerzos, los cuales apuntan a no utilizar éstas prácticas donde quiera que existan en la cadena de valor.
Convenio OIT No. 138 sobre la edad mínima para la admisión al trabajo.
Convenio OIT No. 182 peores formas de trabajo infantil.
Recomendación 146 OIT sobre la edad mínima.

Horas de Trabajo


Alentamos a nuestros clientes a cumplir con toda la legislación nacional aplicable, referida a horas de trabajo y horas extras, garantizarán también un día libre por cada seis días trabajados.
Convenio OIT No. 14 y No. 106 sobre el descanso semanal.

Salarios y Beneficios


Alentamos a nuestros clientes a cumplir con todas las leyes locales y nacionales, aplicables en materia de salarios y beneficios. Deben ofrecer sueldos equivalentes, o que los sueldos sean, al menos, comparables con las empresas similares.
Convenio OIT No. 100 igualdad de remuneración. Convenio OIT No. 131 fijación de salarios mínimos.

Abuso Laboral


Alentamos a nuestros clientes a cumplir con todas las leyes locales y nacionales, aplicables sobre abuso de empleados y que no permitirán el tratamiento hostil o inhumano, incluido cualquier tipo de acoso sexual, abuso sexual, castigo corporal, coerción física o mental o abuso verbal hacia los trabajadores.
Convención OIT contra la tortura.

Discriminación


Alentamos a nuestros clientes a no practicar ningún tipo de discriminación basada en raza, color, edad, género, orientación sexual, origen étnico, capacidades diferentes, embarazo, religión, militancia, política, afiliación sindical, estado civil, en la contratación y en las prácticas relacionadas con el empleo.
Declaración de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial.
Convenio Relativo a la discriminación en materia de empleo y ocupación No. 111

Galber alienta a sus clientes a:


No discriminar al momento de emplear, compensar, entrenar, promover, en el despido o en la jubilación por razones de género, edad, religión, nacionalidad, estado civil o familiar, lengua, apariencia, características físicas, discapacidad, condición de salud, condición económica, social, preferencia sexual, opinión política, origen racial, étnico, convicciones personales y antigüedad en la empresa.

Promover una política clara y un plan para fomentar la equidad de género que garantice que tanto las mujeres como los hombres tengan la capacidad de acceder a los recursos que ellos necesitan para ser productivos y también la capacidad de intervenir en la política en general y en el entorno reglamentario e institucional que da forma a sus medios de vidas y a sus vidas.

Permitir y posibilitar a las mujeres ocupar cargos de liderazgo en la estructura de gobernanza, independientemente a la condición de las mujeres con relación a la posesión de activos como tierra y propiedades.

Libertad de Asociación


Se alentará a cumplir con todas las leyes aplicables sobre su libertad de asociación y convenio colectivo de trabajo. Se respetarán los derechos de los trabajadores de asociarse libremente, buscar representación y sumarse a organizaciones de trabajadores. Los representantes tendrán el derecho de acceso a los miembros en el lugar de trabajo.
Convenio No. 87 de la OIT Libertad sindical y protección del derecho de sindicación.
Convenio No. 98 de la OIT Derecho de sindicación y de negociación colectiva la eficacia del Sistema de Gestión de la Calidad para alcanzar nuestros objetivos.

Leyes Normativas


Se alentará a cumplir con todas las leyes, reglas, normativas y requisitos aplicables para la fabricación, distribución de la cadena de suministros y en la prestación de los servicios a la empresa, así como aquellas normas Internacionales, Federales y Estatales. Así como aquellas que nacen de la iniciativa privada e instituciones civiles y Gubernamentales que abonen a la integridad y el desarrollo del ser humano.

Salud y Seguridad


Los clientes deben ofrecer a los empleados un entorno de trabajo seguro y saludable, que incluya controles adecuados, procedimientos de seguridad, mantenimiento preventivo y equipos de protección. Las prácticas deben cumplir con todas las leyes, códigos y reglamentos locales y nacionales que sean relevantes. Deben mantener registros de las capacitaciones sobre salud y seguridad, accidentes, lesiones en el lugar de trabajo y evacuaciones de emergencia.
Convenio No. 155 de la OIT Salud y seguridad del medio ambiente.
Convenio No. 164 de la OIT Salud y seguridad de los trabajadores.

Relación con los clientes y términos de las negociaciones


El propósito de Galber es ser la mejor opción para nuestros clientes, ofreciéndoles el mejor trato y atención, al tiempo que se suministra servicio y productos de calidad.

Promovemos entre nuestros clientes el cumplimiento del marco legal, recomendamos que estos desarrollen sus actividades bajo el marco de las leyes vigentes. Por tal motivo, en caso de que identifiquemos que un cliente está involucrado en actos ilegales, pudiera resultar la terminación de la relación comercial con el implicado y reservarnos el derecho.

Uno de los valores dentro de la empresa es brindar un trato cordial y respetuoso a los clientes resaltando la integridad y el profesionalismo y por otro lado se excluya la negligencia y las descortesías por algún colaborador.

Para crear y mantener, confianza y credibilidad entre la organización y sus clientes, tenemos como compromiso sólo aquello cumplir con todos los acuerdos establecidos previamente.

Ahora bien, si por circunstancias imprevistas no resulta posible concretar el compromiso contraído, es obligación de la organización dar una respuesta satisfactoria a los clientes. Buscamos que los argumentos de venta que usamos estén libres de información falsa o con engaño en relación a promociones y descuentos, ya que es una falta a nuestros valores.

Como integrantes de nuestros grupos de interés, deberá defender los derechos humanos de los trabajadores y a tratarlos con dignidad y respeto, así como cumplir las Leyes, Normas y requisitos aplicables para la distribución de nuestros productos y distribución y aplicación de nuestros productos.

Es importante mencionar que por ningún motivo se tomarán represalias cuando un cliente genere una queja de alguno de nuestros colaboradores que haya faltado a lo descrito anteriormente. No se discriminará en ninguna forma por, proporcionar información acerca del incumplimiento por parte de cualquier colaborador en Responsabilidad Social.

Fomentamos el esfuerzo de nuestros clientes por llevar a cabo sus actividades comerciales de un modo que atienda a sus colaboradores, la comunidad y el medio ambiente.

El presente Código de Ética y Conducta aplica a todos nuestros clientes, sin importar su posición o función. Invitamos a todos nuestros clientes, a denunciar cualquier irregularidad o manifestar sus inquietudes a través de: buzongalber@galber.com

Los clientes siempre tendrán el respaldo y la seguridad de que su aporte será confidencial y sin consecuencias para el colaborador, cuya denuncia se someterá al análisis y solución del caso.

Agradecemos la participación de todos en la aplicación de este Código de Ética y Conducta en la vida cotidiana, esperando que sea una herramienta para bien de todos nuestros clientes y así alcanzaremos un peldaño más a la excelencia.